EXPEDIENTE : 601-2XXX
IMPUTADO
: XXXXXXXX
AGRAVIADO : LA SOCIEDAD
Delito : CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD
MINISTERIO PÚBLICO : SEGUNDA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL
Juez :
DrA.
Especialista de Causas : ABOG.
Especialista de Audiencia : ABOG
ACTA DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN
I. INTRODUCCIÓN:
En Chimbote, siendo las 9:03AM, del día 14/ABRIL/2015,
en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria
Transitorio de XXXXX, dirigido por la
Señora Juez DRA. XXXXXXX,
se realiza la audiencia pública de Control
de acusación en el proceso seguido contra XXXXXXXX, por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE
EBRIEDAD, en agravio de la SOCIEDAD.
Sehaceconocer alossujetos procesalesquelaaudienciaserá
registradaenaudio y video,cuya grabación demostrará su desarrollo, conforme lo
establece el artículo 361° inciso 2) del Código Procesal Penal y el artículo
26° del Reglamento General de Audiencias, pudiendo acceder a la copia de dicho
registro, por lo que se les solicita que procedan oralmente a identificarse.
II. ACREDITACIÓN:
1.- MINISTERIO
PÚBLICO: DR. XXXXXXXXXX,Fiscal
Adjunta de la segunda Fiscalía corporativa del XXXXX, con domicilio procesal en
con domicilio procesal: XXXXXX5 con correo electrónico XXXXXXXXX
2.-DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO XXXXXXXX: Dr. VXXXXXXXX, Registro del Colegio de Abogados del Santa
NºXX9. Domicilio procesal: XXXXXXXX
III.- DEBATE SOBRE LA ACUSACIÓN:
JUEZ: Solicita al representante
del Ministerio Público, proceda a sustentar su requerimiento de acusación.
(Queda registrado en audio y vídeo).
FISCAL: Expone lo siguiente.
Datos personales del acusado: Quedan registrados en audio y vídeo.
Los Hechos: quedan registrados en audio y
vídeo.
Grado de participación: Autor directo del delito.
Tipificación: Delito contra la seguridad pública –
Delito de peligro común en la modalidad de Conducción de vehículo en Estado de
Ebriedad, previsto y sancionado en el Art. 274° del Código Penal.
Circunstancias modificatorias: No existen.
Respecto a la pena propuesta: Se solicita 01 año
de pena privativa de la libertad suspendida
en su ejecución por el mismo término y las reglas de conducta
establecidas en el artículo 58 incisos 2, 3 y 4 del Código Penal, e inhabilitación de conformidad con el
artículo 36°, inciso 7° del Código Penal consistente en la suspensión para conducir
cualquier tipo de vehículo por el mismo
tiempo de la condena.
Reparación
Civil: Sustenta su requerimiento de reparación civil, en la
suma de UN MIL QUINIENTOS y 00/100 NUEVOS SOLES a favor de LA SOCIEDAD.
JUEZ CORRE TRASLADO AL ABOGADO DE LA DEFENSA DEL ACUSADO:
DEFENSA TÉCNICA DEL IMPUTADO XXXXXXXX: Dr. XXXXXXXXX
Observación formal a la acusación:
-En cuanto a la
reparación civil le parece un monto excesivo y no está debidamente fundamentado
por el ministerio público es decir no se ha argumentado cual es el daño causado.
FISCAL:
El ministerio público
mantiene su pretensión toda vez que no existe constitución en actor civil y
tomando en cuenta que existe parámetros de determinación y teniendo en cuenta
el grado de alcohol que tenía en la
sangre según la tabla de reparación
civil correspondería AL 50% de una UIT.
SE DEJA CONSTANCIA QUE LA RÉPLICA, DÚPLICA
Y DEMÁS PRECISIONES SOLICITADA POR LA MAGISTRADA A LAS PARTES PROCESALES, QUEDA REGISTRADO EN AUDIO
Y VÍDEO.
JUEZ: Emite
resolución de acuerdo a ley.
RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES
CXXXXX,
Catorce de Abril del
año dos mil
quince.-
PARTE CONSIDERATIVA: (Queda
registrada en audio y vídeo).
PARTE RESOLUTIVA: Por estas
consideraciones, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigación
Preparatoria Transitorio, RESUELVE: DECLARAR la validez FORMAL Y
SUSTANCIAL del requerimiento acusatorio, contra el investigado XXXXXXXXXX, por el delito de Delito contra la seguridad pública –
Delito de peligro común en la modalidad de Conducción de vehículo en Estado de
Ebriedad, previsto y sancionado en el Art. 274° del Código Penal, en agravio de LA
SOCIEDAD.
IV.-OFRECIMIENTO Y ADMISIÓN DE MEDIOS PROBATORIOS:
- Se
deja constancia que los medios probatorios ofrecidos por la FISCALÌA, son los mismos del
requerimiento acusatorio, cuya
integración, oposición y el debate sobre los mismos, quedan registrados en audio y vídeo.
TESTIMONIALES:
1.1.- DECLARACIÓN
DE SO3 PNP XXXX
PERICIALES
2.1 PERICIAL
DEL BIÓLOGO – MICROBIOLÓGICO CAPITÁN QUÍMICO FARMACÉUTICO PNP XXXXXXXX QUIEN REALIZO EL EXAMEN PERICIAL AL IMPUTADO EMITIENDO EL CERTIFICADO
DE DOSAJE ETÍLICO Nº XXXXX DE FECHA 13 DE OCTUBRE DE 2014
SE CORRE TRASLADO DEFENSA TÉCNICA DEL IMPUTADO XXXXXXXX Dr. XXXXXXXXXXX,SOBRE LOS MEDIOS PROBATORIOS DEL SEÑOR FISCAL y para
que ofrezca sus medios de prueba:Ninguna oposición a los
medios de prueba de la fiscalía. Sin Ningún medio probatorio que presentar
JUEZ: Emite resolución de
acuerdo a ley.
RESOLUCION NÚMERO: CUATRO
Chimbote, Catorce de Abril del
año dos mil quince.-
PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrada en
audio y video.
PARTE RESOLUTIVA: Por estas
consideraciones, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigación
Preparatoria, SE RESUELVE:1) ADMITIR como medios probatorios ofrecidos
por la Representante del Ministerio Público los siguientes:
-
DECLARACIÓN DE SO3 PNP HODAR
GRIMALDO CAMPOS
-
PERICIAL DEL BIÓLOGO – MICROBIOLÓGICO CAPITÁN QUÍMICO FARMACÉUTICO PNP
HXXXXXXXXXXXXQUIEN REALIZO EL EXAMEN PERICIAL AL IMPUTADO EMITIENDO
EL CERTIFICADO DE DOSAJE ETÍLICO NºXXXXXXXXX9 DE FECHA 13 DE OCTUBRE DE 2014
2)NO SE ADMITE medios de prueba de la
defensa técnica por no haber sido ofrecidos.
AUTO DE ENJUICIAMIENTO:
RESOLUCIÓN NÚMERO: CINCO
XXXXX, Catorce de
Abril del
Año dos mil quince.-
PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrada en audio y vídeo.
PARTE RESOLUTIVA: Por estas consideraciones, la Señora Juez del
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria, SE RESUELVE:1°.- DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO contra el acusado XXXXXXXXX, de sexo masculino, identificado Con D.N.I N°XXXXXX,de 31
años de edad, nacido el 03 de Junio de 1983, hijo de Manuel Luis y Juana, con
grado de instrucción secundaria completa, natural de XXXXXX, soltero, con domicilio
real en XXXXXXX, por el delito de Conducción de vehículo en Estado de Ebriedad,
previsto y sancionado en el Art. 274° del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD, 2) se solicita la
imposición de UN AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD SUSPENDIDA, e INHABILITACIÓN; Asimismo, se solicita el pago de S/. 1.500,000 SOLES (UN MIL QUINIENTOS nuevos soles,por concepto de reparación civil.3°.- TÉNGASE como partes procesales
constituidas al presente proceso al Ministerio Público, al acusado XXXXXX, asesorado por
su abogado defensor 4°.- ADMITIR
como medios probatorios ofrecidos por la Representante del Ministerio Público y la defensa del imputado los siguientes:
-
DECLARACIÓN DE SO3 PNP HODAR
GRIMALDO CAMPOS
-
PERICIAL DEL BIÓLOGO – MICROBIOLÓGICO CAPITÁN QUÍMICO FARMACÉUTICO PNP
HXXXXXXX QUIEN REALIZO EL EXAMEN PERICIAL AL IMPUTADO EMITIENDO
EL CERTIFICADO DE DOSAJE ETÍLICO NºXXX-0010079 DE FECHA 13 DE OCTUBRE DE 2014
5º.- COMUNÍQUESE que el presente proceso no ha sido declarado
complejo y que el acusado XXXXXXXX se encuentra con mandato de comparecencia simple. 6º.- REMÍTASE los autos al Juzgado
Unipersonal encargado del Juicio Oral, en consecuencia ELÉVESE los autos al Juez
competente
SE DEJA CONSTANCIA QUE NO EXISTE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL Y TAMPOCO
TERCERO CIVILMENTE RESPONSABLE.
JUEZ: Consulta
a las partes sobre la resolución emitida.
FISCAL: Conforme.
ABOGADO DEFENSOR DEL ACUSADO: Conforme.
V.- NOTIFICACIÓN:
JUEZ: Tiene
por NOTIFICADO con la resolución
antes dictada, a los sujetos procesales asistentes a la audiencia.
VI.- CONCLUSIÓN:
Siendo las
09:16 AM, se da por CONCLUIDA la audiencia y por cerrada la
grabación del audio, procediendo a firmar la Señora Juez y la Especialista de
Audiencias encargado de la redacción del acta, como lo dispone el artículo 121º del Código Procesal Penal.-
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