EXPEDIENTE : 01XXXXXXXXXXX
IMPUTADO : NXXXXXXXXXXXXXXX
AGRAVIADO : MARIAXXXXXXXXXXXXX
Delito : HOMICIDIO CULPOSO
MINISTERIO PÚBLICO : FISCALIA MIXTA DE SAN ISIDRIO
Juez :
DrA.XXXXXXXXXXX
Especialista de Causas : ABOG. XXXXXXXX
Especialista de Audiencia : ABOG. PXXXXXXXXXXXXXXXX
ACTA
DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN
I. INTRODUCCIÓN:
En Chimbote, siendo las 11:01 AM,
del día 18/MARZO/2015, en la Sala de
Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio XXXXXXXXX, dirigido por la Señora Juez DRA. XXXXXXXXXXXX, se realiza
la audiencia pública de Control de
acusación en el proceso seguido contra NICXXXXXXXXXXXXXXXXXXR,
por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, en agravio de MARIAXXXXXXXXXXXXX.
Se hace conocer a
los sujetos procesales que la audiencia será
registrada en audio y video, cuya grabación demostrará su
desarrollo, conforme lo establece el artículo 361° inciso 2) del Código
Procesal Penal y el artículo 26° del Reglamento General de Audiencias, pudiendo
acceder a la copia de dicho registro, por lo que se les solicita que procedan
oralmente a identificarse.
II. ACREDITACIÓN:
1.-
MINISTERIO PÚBLICO: DR XXXXXXXXXXXXX,
Fiscal
Provincial de la Fiscalía Provincial MixtaXXXXXXXX, con domicilio procesal en
Calle XXXXXXXXX, con teléfono 94XXXXXXXXXXXXXX
2.- DEFENSA
TECNICA DEL IMPUTADO GXXXXXXXXXXXXXXXX Dr. XXXXXXXXX identificado con Registro del Colegio de
Abogados del Santa NºXXX Domicilio procesal: XXXXXXXXXXXX Teléfono celular: XXXXXXXXX. Correo
electrónico: gaXXXXXXXXXXX
3.- DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO XXXXXXXXXXXX: Dr. VXXXXXXXz, con Registro Ilustre Colegio de Abogados de XXXXXXXXNº XXXXXXXXXXXXXXXX. Domicilio Procesal en Mariscal XXXXXXXXXXXXTeléfono celular: 94XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXCorreo electrónico: XXXXXXXXXXXXXXX
III.- DEBATE SOBRE LA ACUSACIÓN:
JUEZ: Solicita al representante
del Ministerio Público, proceda a sustentar su requerimiento de acusación.
(Queda registrado en audio y video).
FISCAL: Expone lo siguiente.
Datos
personales del acusado: Quedan
registrados en audio y video.
Los Hechos: quedan registrados en audio y video.
Grado de
participación: Autores material
del delito.
Tipificación: Delito contra
la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Homicidio Culposo, previsto y
sancionado en el Art. 111° 3er párrafo del Código Penal.
Circunstancias
modificatorias: No existen.
Respecto a la pena propuesta: Se solicita 08 años de pena privativa de la libertad efectiva, a
cada uno e inhabilitación de
conformidad con el artículo 36°, inciso 7° del Código Penal consistente en la
suspensión para conducir cualquier tipo de vehículo por el mismo tiempo de la condena.
REPARACIÓN CIVIL: Sustenta
su requerimiento de reparación civil, en la suma de TREINTA
MIL NUEVOS SOLES, individualizada en: a) Daño Moral por la suma de 15,000
nuevos soles, y b) Daño a la
persona por la suma de 15,000 nuevos
soles, en forma SOLIDARIA.
JUEZ CORRE
TRASLADO AL ABOGADO DE LA DEFENSA DE LOS ACUSADOS:
DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO
GIRALDO GUTIERREZ MANUEL JAVIER Dr. Einer García Suárez
Observación formal a la acusación:
-Para que precise el Ministerio Público, manejando el vehículo, ¿Qué
regla de transito se ha incumplido?
-En cuanto a la pena
de 08 años, no ha indicado el por qué?, ya que no obra los antecedentes en la
carpeta fiscal.
-Sobre la
tipicidad lo encuadra en el Art. 111, del CP, sin indicar el párrafo.
FISCAL:
La pena es
porque tienen antecedentes, se sustenta en la reincidencia.
En cuanto al
párrafo se refiere al 3er párrafo.
En cuanto a la
regla de transito que se ha incumplido, es de vigilancia, ya que sabiendo que
su motor se había apagado él a continuado.
DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX En cuanto a los antecedentes no se
encuentra en el requerimiento acusatorio y nosotros no tenemos conocimiento,
pero en el presente caso se nos podría poner de conocimiento, solicitamos se
nos ponga la vista.
DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
El tema de la reparación
civil, no lo fundamenta con
medios probatorios para solicitar dicho monto.
En cuanto a la pena, existe una pena con un medio de prueba que no se
nos ha corrido traslado en el requerimiento acusatorio.
FISCAL. Se fundamenta la reparación civil conforme a
lo expuesto en el Art. 93 del CPP, los daños y perjuicios se han expuesto en el
requerimiento contenidos en daño moral, personal y proyecto de vida de la
persona.
Se deja
constancia que la réplica, dúplica y demás precisiones solicitada por la
Magistrada a las partes procesales,
queda registrado en audio y video.
JUEZ: Emite resolución de acuerdo a ley.
RESOLUCIÓN
NÚMERO: VEINTE
Lima , dieciocho de Marzo del
año dos mil quince.-
PARTE
CONSIDERATIVA: (Queda
registrada en audio y video).
PARTE
RESOLUTIVA: Por estas
consideraciones, la Señora Juez del Primer Juzgado de Investigación
Preparatoria Transitorio, RESUELVE:
DECLARAR la validez FORMAL Y
SUSTANCIAL del requerimiento acusatorio, contra los investigados NICANOR SOTELO RAMOS y
GIRALDO GUTIERREZ MANUEL JAVIER,
por el delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto y sancionado el Art. 111° 3er párrafo
del Código Pena, en agravio de MARIA ROSA VEGA DE ARMEY.-
OFRECIMIENTO
Y ADMISIÓN DE MEDIOS PROBATORIOS:
- Se deja constancia
que los medios probatorios ofrecidos por la FISCALÌA, son los mismos del requerimiento acusatorio, cuya integración, oposición y
el debate sobre los mismos, quedan
registrados en audio y video.
SE DESISTE:
TESTIMONIALES:
1.1.- DECLARACIÓN
DE xxxxxxxxxxxxx de fs. 08 a 11
1:2.- DECLARACION DExxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
ACTAS:
- DECLARACION y AMPLIACION DE
DECLARACION DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
-
DECLARACION DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX de folios 12 a 14
- PERITAJE TÉCNICO de constatación de
daños de Fs. 91.
- ACTA
DE ENTREVISTA de folios 115 donde el testigo GXXXXXn narra las
circunstancias del accidente.
- ACTA
DE ENTREVISTA de folios 116 donde el testigo MaXXXXXs
narra las circunstancias del accidente.
SE OFRECE EN EL ACTO:
- Antecedentes penales de XXXXXXXXXXXXXXXX.
- Declaración testimonial de XXXXXXXXXXXXX.
- Declaración testimonial de XXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
SE CORRE TRASLADO DEFENSA
TECNICA DEL IMPUTADO GXXXXXXXXXXXXXXXXXXz, SOBRE LOS MEDIOS PROBATORIOS DEL SEÑOR FISCAL:
Nosotros tenemos un
requerimiento acusatorio distinto o derrepente nos han dado distinto, solicito
se me ponga a la vista el requerimiento que ha oralizado el MMPP, sin necesidad
de suspender la audiencia.
JUEZ:
Suspende la audiencia por CINCO MINUTOS
a fin de verificar la notificación del requerimiento acusatorio subsanado.
SE REINICIA LA AUDIENCIA, CON LAS MISMAS PARTES DE SU INICIO
JUEZ: Da
cuenta que las partes antes de la audiencia deben de verificar la carpeta
fiscal y la carpeta judicial, cn el fin de no interrumpir las audiencias
inoficiosamente.
SE CORRE TRASLADO DEFENSA
TECNICA DEL IMPUTADO XXXXXXXXXXXXXXXXz, SOBRE LOS MEDIOS PROBATORIOS DEL SEÑOR FISCAL:
Nos
oponemos:
-Copia de licencia de conducir
del imputado XXXXXXXXXXXXXXX, tiene categoría A3.
-Copia de la tarjeta de
propiedad, donde se detalla el propietario del vehículo placa de rodaje
CXXXX9, DE LA EMPRESA TURISMO DE COLORES SA.
-Peritaje técnico de constatación
de daños, de Fs. 91.
-Peritaje técnico de constatación
de daños, de Fs. 92
-Relación de pasajeros y hoja de
ruta de la empresa de transportes y turismo De Colores S.A.
SE CORRE
TRASLADO A LA DEFENSA TECNICA DEL IMPUTADO XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX:
Al parecer el Señor Fiscal se encuentra integrando medios de prueba,
Nos oponemos:
Declaraciones de testimoniales de.
-
Declaración testimonial de XXXXXXXXXXX.
- Declaración
testimonial de XXXXXXXXXXXXX.
En cuanto a los antecedentes penales no nos oponemos.
FISCAL.
Insistimos en nuestros medios probatorios, ya que deben de mantenerse
para ser evaluados en juicio oral (Fundamentos
quedan registrados en audio y video)
OFRECIMIENTO
Y ADMISIÒN DE MEDIOS PROBATORIOS.POR PARTE DE LA DEFENSA DE LOS IMPUTADOS:
No tienen medios probatorios
JUEZ: Emite la siguiente resolución
RESOLUCION NÚMERO: VEINTIUNO
Lima , dieciocho de Marzo del
año dos mil quince.-
PARTE
CONSIDERATIVA: Queda
registrada en audio y video.
PARTE
RESOLUTIVA: Por estas consideraciones, la Señora Juez del Primer Juzgado de
Investigación Preparatoria, SE RESUELVE:1) ADMITIR como medios probatorios ofrecidos por la
Representante del Ministerio Público los siguientes:
Testimoniales:
- Declaración testimonial de xxxxxxxxxxxxxxx.
- Declaración testimonial de XXXXXXXXXXXXXXXX.
Periciales:
• El
examen o interrogatorio del Perito AXXXXXXXXXXde Accidentes de-tránsito
quien depondrá del informe Técnico pericial 5-2013-DIVPOL-CH-DEPIAT/SEPIAT-G-1,
así como informe Técnico pericial 10-2013-DIVPOL-CH-DEPIAT/SEPIAT-G-1
explicando indicando como los imputados infringieron normas de transito y con
su actuar negligente ocasionaron el choque de vehículos que origino la muerte
de la agraviada .perito que será notificado en el Departamento de
Transito XXXXXX ubicado en la comisaria deXXXXXXXXXXX
Documentales:
- CERTIFICADO DE DOSAJE ETÍLICO de folios 18, donde se aprecia el hoy
acusado XXXXXXXXXXX no presentaba alcohol en la sangre en el momento
del accidente
- ACTA DE INSPECCION DE LA ESCENA DEL ACCIDENTE DE TRANSITO, a folios
23-25 donde se detalla la forma como se produjo el accidente.
- COPIA DE LICENCIA DE CONDUCIR DEL IMPUTADO, de folios 27, donde se
tiene que el chofer XXXXXXXXXXXXXXXS tiene categoría A3-c
- COPIA DE TARJETA DE PROPIEDAD donde se detalla el propietario del vehículo placa de rodaje M3X-957, de la Empresa Turismo del Norte SAC.
- COPIA DE TARJETA DE PROPIEDAD donde se detalla el propietario del vehículo placa de rodaje M3X-957, de la Empresa Turismo del Norte SAC.
- ACTA DE LEVANTAMIENTO DE
CADAVER de folios 47 a 48 de la
agraviada XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
- INFORME .TECNICO
PERICIAL 51-2013 –DIVPOL- CH-DEPIAT/SEPlAT-G-1, de fojas 94 a 114 donde.se
detalla el grado de participación de ambos vehículos en el accidente de
tránsito.
-APRECIACIÓN TÉCNICA Nª 11-2013-DIVPOL-CH/SEPIAT-G1 de fs. 130-135, donde se narra la
negligencia e imprudencia de ambos conductores.
- CERTIFICADO DE DOSAJE ETÍLICO de folios
17, donde se aprecia que el hoy acusado MXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXpresentaba
alcohol en la sangre al momento del accidente.
- INFORME TECNICO del estado del
vehículo de folios 34, donde se detalla que el vehículo de placa de rodaje
C4X-019, presentaba desperfectos mecánicos.
- RELACION DE
PASAJEROS y HOJA DE RUTA de la empresa de
transporte y Turismo De Colores S.A. donde se detalla el nombre de los
pasajeros.
- CROQUIS DEL
ACCIDENTE de folios 117 donde se aprecia forma como colisionaron los
vehículos.
- Antecedentes Penales del imputado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXa
folios 75 de la carpeta fiscal dando como resultado positivo del Expediente
2482-2008. (no rehabilitado)
-
Antecedentes penales del imputado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
2).- NO SE ADMITE POR haberse
DESISTIDO:
TESTIMONIALES:
1.1.- DECLARACIÓN
DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX de fs. 08 a 11
1:2.- DECLARACION DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
ACTAS:
- DECLARACION y AMPLIACION DE
DECLARACION DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
-
DECLARACION DE XXXXXXXXXXXXXXXXX de folios 12 a 14
- PERITAJE TÉCNICO de constatación de
daños de Fs. 91.
- ACTA
DE ENTREVISTA de folios 115 donde el testigo XXXXXXXXXXXXXXXXXXarra las
circunstancias del accidente.
- ACTA
DE ENTREVISTA de folios 116 donde el testigo XXXXXXXXXXXXXXXXXX narra las circunstancias del accidente.
3).- NO SE ADMITE POR SER OBSERVADOS Y EL JUZGADO LOS CONSIDERA SOBREABUNDANTE:
-Copia de licencia de conducir
del imputado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, tiene categoría A3.
-Copia de la tarjeta de
propiedad, donde se detalla el propietario del vehículo placa de rodaje
C4X-019, DE LA EMPRESA TURISMO DE COLORES SA.
-Peritaje técnico de constatación
de daños, de Fs. 91.
-Peritaje técnico de constatación
de daños, de Fs. 92
-Relación de pasajeros y hoja de
ruta de la empresa de transportes y turismo De Colores S.A.
3) NO SE ADMITEN medios probatorios por parte de la defensa de los acusados, por no
haberlos ofrecido.-
SE DEJA
CONSTANCIA QUE NO EXISTEN CONVENCIONES PROBATORIAS, NI OTROS MEDIOS DE DEFENSA
QUE RESOLVER CON RESPECTO A LOS ACUSADOS, QUIEN SE ENCUENTRA CON MANDATO DE
COMPARECENCIA SIMPLE.
JUEZ: Procede a emitir auto de enjuiciamiento.
VI.- AUTO DE ENJUICIAMIENTO:
RESOLUCION NÚMERO: VEINTIDOS
Chimbote, dieciocho de Marzo del
año dos mil quince.-
PARTE
CONSIDERATIVA: Queda
registrada en audio y video.
PARTE RESOLUTIVA: Por estas consideraciones, la Señora Juez del Segundo Juzgado de
Investigación Preparatoria, SE RESUELVE: 1°.- DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO contra la
acusada XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de sexo masculino, identificado Con D.N.I N°0XXXXXXXXXXX, de
67 años de edad, nacido el 05 de Junio de 1963, hijo de Epifania y Miguel
Antonio, con grado de instrucción secundaria completa, natural de Cajacay –
Bolognesi , soltero, con domicilio real en Av. Alfredo Mendiola N° 6570, San
Martin de Porres, Departamento de Lima, conforme a sus datos identificatorios.
Abogado Defensor: VXXXXXXXXXXXX Domicilio Procesal en Mariscal La toXXXXXXXXXXXXX;
Y contra Gxxxxxxxxxxxxxxxx, de sexo masculino,
identificado con DNI N° 3xxxxx3, nacido el 23 de Setiembre de 1968, domicilio
real en caserío El Arenal Mz. C lt. 11 – Moro, estatura 1.68, hijo de María y
Oswaldo, grado de instrucción secundaria completa, estado civil Soltero,
natural de Moro. Abogado Defensor Público Exxxxxxxxxxxx, acusados por la Fiscalía Mixta Provincial de xxxxxxxx, por el delito
de HOMICIDIO CULPOSO previsto y sancionado el Art. 111° 3er párrafo
del Código Pena, en agravio de xxxxxxxxxxxxxxx se solicita la
imposición de OCHO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EFECTIVA; Asimismo, se solicita el pago de S/. 30,000 SOLES (TREINTA MIL nuevos soles, por concepto de reparación civil en
forma solidaria. 2°.- ADMITIR como medios probatorios
ofrecidos por la Representante del Ministerio Público los siguientes:
Testimoniales:
- Declaración testimonial dxxxxxxxxxxxn.
- Declaración testimonial de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
Periciales:
• El
examen o interrogatorio del Perito xxxxxxxxxxxxxxxxx de Accidentes de-tránsito
quien depondrá del informe Técnico pericial 1-2013-DIVPOL-CH-DEPIAT/SEPIAT-G-1, así como informe Técnico pericial
10-2013-DIVPOL-CH-DEPIAT/SEPIAT-G-1 explicando indicando como los imputados
infringieron normas de transito y con su actuar negligente ocasionaron el
choque de vehículos que origino la muerte de la agraviada .perito que será notificado
en el Departamento de Transito ubicado en la comisaria de buenos Aires-Nuevo
Chimbote
Documentales:
- CERTIFICADO DE DOSAJE ETÍLICO de folios 18, donde se aprecia el hoy
acusado xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx no presentaba alcohol en la sangre en el momento
del accidente
- ACTA DE INSPECCION DE LA ESCENA DEL ACCIDENTE DE TRANSITO, a folios
23-25 donde se detalla la forma como se produjo el accidente.
- COPIA DE LICENCIA DE CONDUCIR DEL IMPUTADO, de folios 27, donde se
tiene que el chofer xxxxxxxxxxxxxxxxxS tiene categoría A3-c
- COPIA DE TARJETA DE PROPIEDAD donde se detalla el propietario del vehículo placa de rodaje M3X-957, de la Empresa Turismo del Norte SAC.
- COPIA DE TARJETA DE PROPIEDAD donde se detalla el propietario del vehículo placa de rodaje M3X-957, de la Empresa Turismo del Norte SAC.
- ACTA DE LEVANTAMIENTO DE
CADAVER de folios 47 a 48 de la
agraviada María Rosa Vega De Armey.
- INFORME .TECNICO
PERICIAL 51-2013 –DIVPOL- CH-DEPIAT/SEPlAT-G-1, de fojas 94 a 114 donde.se
detalla el grado de participación de ambos vehículos en el accidente de
tránsito.
-APRECIACIÓN TÉCNICA Nª 11-2013-DIVPOL-CH/SEPIAT-G1 de fs. 130-135, donde se narra la
negligencia e imprudencia de ambos conductores.
- CERTIFICADO DE DOSAJE ETÍLICO de folios
17, donde se aprecia que el hoy acusado XXXXXXXXXXXX presentaba
alcohol en la sangre al momento del accidente.
- INFORME TECNICO del estado del
vehículo de folios 34, donde se detalla que el vehículo de placa de rodaje
C4X-019, presentaba desperfectos mecánicos.
- RELACION DE
PASAJEROS y HOJA DE RUTA de la empresa de
transporte y Turismo De Colores S.A. donde se detalla el nombre de los
pasajeros.
- CROQUIS DEL
ACCIDENTE de folios 117 donde se aprecia forma como colisionaron los
vehículos.
- Antecedentes Penales del imputado XXXXXXXXXXXXXXXXX a
folios 75 de la carpeta fiscal dando como resultado positivo del Expediente
242-2008. (no rehabilitado)
-
Antecedentes penales del imputado XXXXXXXXXXXXXXXXr.
3º.- NO SE ADMITE POR haberse
DESISTIDO:
TESTIMONIALES:
1.1.- DECLARACIÓN
DE XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXde fs. 08 a 11
1:2.- DECLARACION DE XXXXXXXXXXXXXXX
ACTAS:
- DECLARACION y AMPLIACION DE
DECLARACION DE XXXXXXXXXXXXXXX
-
- PERITAJE TÉCNICO de constatación de
daños de Fs. 91.
- ACTA
DE ENTREVISTA de folios 115 donde el testigo XXXXXXXXXXXXXX narra las
circunstancias del accidente.
- ACTA
DE ENTREVISTA de folios 116 donde el testigo XXXXXXXXXXXXXXXXXXX narra las circunstancias del accidente.
3º.- NO SE ADMITE POR SER OBSERVADOS Y EL JUZGADO LOS CONSIDERA
SOBREABUNDANTE:
-Copia de licencia de conducir
del imputado MXXXXXXXXXXXXXXXXX, tiene categoría A3.
-Copia de la tarjeta de
propiedad, donde se detalla el propietario del vehículo placa de rodaje
C4X-019, DE LA EMPRESA TURISMO DE COLORES SA.
-Peritaje técnico de constatación
de daños, de Fs. 91.
-Peritaje técnico de constatación
de daños, de Fs. 92
-Relación de pasajeros y hoja de
ruta de la empresa de transportes y turismo De Colores S.A.
4º NO SE ADMITEN medios probatorios por parte de la defensa de los acusados, por no
haberlos ofrecido.-
5°.- TENGASE como partes procesales constituidas al presente proceso al Ministerio
Público, a los acusados XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, asesorados por sus abogados defensores públicos. 6º.- COMUNIQUESE que el presente proceso no ha sido declarado complejo y que los acusados XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX cuenta
con medida coercitiva de COMPARECENCIA SIMPLE. 7º.- REMITASE los
autos al Juzgado Unipersonal encargado del Juicio Oral, en consecuencia ELÈVESE los autos al Juez competente.
SE DEJA
CONSTANCIA QUE NO EXISTE CONSTITUCIÒN EN ACTOR CIVIL Y TAMPOCO TERCERO
CIVILMENTE RESPONSABLE.
JUEZ: Consulta a las partes sobre la resolución emitida.
FISCAL: Conforme.
ABOGADO
DEFENSOR DEL ACUSADO: Conforme.
V.- NOTIFICACIÒN:
JUEZ: Tiene por NOTIFICADO
con la resolución antes dictada, a los sujetos procesales asistentes a la
audiencia.
VI.- CONCLUSIÓN:
Siendo las
12:28 PM, se da por CONCLUIDA
la audiencia y por cerrada la grabación del audio, procediendo a firmar la
Señora Juez y la Especialista de Audiencias encargado de la redacción del acta,
como lo dispone el artículo 121º del
Código Procesal Penal.-
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