UNIÓN EUROPEA
LA
UNION EUROPEA
El fenómeno de la integración europea
tiene su origen tras la II Guerra Mundial, cuando se persigue reconstruir una
Europa arruinada por las guerras y evitar así nuevos enfrentamientos entre
pueblos que a la vez que comparten una realidad histórica y geográfica,
conservan su identidad, su idioma y su cultura. Con este propósito, la que hoy
conocemos como Unión Europea tuvo sus orígenes en lo establecido en cuatro
instrumentos fundamentales:
1.
El Tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero
(TCECA).
2.
El Tratado de la Comunidad Económica Europea (TCEE).
3.
El Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica
(TCEEA).
4.
El Tratado de la Unión Europea (TUE)
Estos cuatro tratados, establecieron las
bases de la convivencia pacífica de los distintos países miembros, los cuales
comprendieron que el futuro y el progreso de cada uno de ellos pasa por la
integración.
Los estados miembros colaboran
solidariamente entre sí y con las instituciones de la unión, que son las
siguientes:
·
Parlamento Europeo
·
Consejo de la Unión
·
Comisión Europea
·
Tribunal de Justicia de las Comunidades
Europeas
·
Tribunal de Cuentas Europeo
TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD
ECONÓMICA EUROPEA (TCEE)
El 25 de
marzo de 1957 se firma en Roma el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Económica Europea (CEE) surgiendo ante
la necesidad de seguir avanzando en el proceso de integración europea. El TCEE
prevé entre otros asuntos:
1.
El desarrollo de
relaciones más estrechas entre los Estados miembros,
2.
La creación de un
Banco Europeo de inversiones,
3.
La constitución de
un Fondo Social Europeo,
4.
El establecimiento
de una política común en el sector agrícola y de transportes,
5.
El establecimiento
de un arancel aduanero común.
TRATADO
DE LA UNIÓN EUROPEA
El Tratado
de la Unión Europea (TUE), o Tratado de Maastricht, es un eje fundamental para
la consecución de una Europa unificada. Se dota a la Unión de una estructura
compuesta por:
·
En el que las
decisiones se toman por mayoría, siendo fundamental el papel de las
instituciones.
·
Es en este eje
comunitario donde el TUE establece importantes avances de cara a la creación de
una unión europea
·
Se produce una ampliación
de la noción de ciudadanía a los ciudadanos de la UE, dándoles nuevos derechos,
como el de voto y presentación en las elecciones locales y europeas, el derecho
de petición, el de recurso ante el defensor del pueblo europeo, etc.
ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA UE
a. COMISIÓN
EUROPEA
La Comisión Europea es
el brazo ejecutivo de la UE. Elabora normas y las presenta al Consejo de Ministros. La Comisión Europea también
representa a la UE en las relaciones económicas con otros países u organizaciones internacionales. La función administrativa de la Comisión afecta a los fondos y programas de la UE y al reparto de ayudas a otros países
b. CONSEJO DE
MINISTROS
Principal cuerpo legislativo de la UE, está formado por los
ministros de los gobiernos de los estados miembros y auxiliado por el Comité de
Representantes Permanentes (o embajadores) de cada Estado miembro. Sus
competencias son:
§ Ser el órgano legislativo de la Comunidad y ejercer
esta facultad junto con el Parlamento mediante la codecisión en un amplio
número de competencias.
§ Asegurar la coordinación de las políticas económicas
generales de los distintos Estados miembros,
§ Celebrar acuerdos internacionales entre la Unión y
uno o más Estados u organizaciones internacionales,
§ Adoptar el presupuesto de la Comunidad junto con el
PE,
c. CONSEJO
EUROPEO
El país que asume la presidencia
del Consejo de Ministros convoca reuniones de los jefes de Estado o de gobierno
de los países miembros por lo menos una vez cada seis meses. Esta cumbre recibe
el nombre de Consejo Europeo. PARLAMENTO EUROPEO
Elegido
por sufragio universal directo, es la mayor asamblea multinacional del mundo.
Sus objetivos básicos son aprobar leyes y controlar al poder ejecutivo. Es una asamblea legislativa que ejerce competencias
comparables a las de los Parlamentos nacionales pero a escala europea. Es la
única institución que se reúne y delibera en público, y sus debates, dictámenes
y resoluciones se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea.
ÓRGANOS
DEL PARLAMENTO EUROPEO
o Presidente, es el representante institucional del
Parlamento. Sus funciones son: Relaciones exteriores de la institución.
Presidir las sesiones plenarias de la Asamblea, las reuniones de la Mesa y de
la Conferencia de Presidentes.
o Mesa: dirige las actividades del Parlamento y de sus
órganos.
o Comisiones, que preparan los trabajos de las
sesiones plenarias del Parlamento. Existen distintas clases de comisiones.
o Secretaría General, que organiza los trabajos del Parlamento
y que cuenta con un Secretario General y con unos cerca de 3500 funcionarios.
COMPETENCIAS
DEL PARLAMENTO EUROPEO
a.
Competencias legislativas
El
procedimiento legislativo normal del Parlamento es la codecisión, que se lleva
a cabo junto con el Consejo de Ministros de la Unión europea con igualdad a la
hora de adoptar legislación comunitaria.
b.
Competencias presupuestarias
Cada año,
en diciembre, el Parlamento Europeo, tras la firma de su Presidente, adopta el
presupuesto de la Unión. El Parlamento además de adoptar el presupuesto ejerce
un control permanente sobre la gestión de los créditos.
c.
Competencias democráticas:
El
Parlamento, si bien en principio este tipo de competencias eran ámbito de la
Comisión, también ejerce un control democrático sobre la actividad comunitaria.
d.
Otras competencias
Aprueba el
nombramiento del Presidente de la Comisión. Tiene también la facultad de
censurarla.
COMITÉS
El Comité Económico y Social es uno de ellos. Sus miembros son
nombrados cada cuatro años por el Consejo de Ministros para representar a
empresarios, trabajadores y otros grupos de interés.
El Comité de las Regiones, creado por el Tratado de la Unión Europea para
acercar la UE a los ciudadanos y permitir que se expresen las autoridades
regionales y locales.
TRIBUNAL
EUROPEO DE JUSTICIA
El árbitro final de todas las materias legales de la
UE es el Tribunal Europeo de Justicia. Los jueces que lo integran, al menos uno
por cada Estado miembro, son elegidos para un periodo de seis años. Los fallos
del Tribunal Europeo de Justicia sientan precedentes legales y se convierten en
parte de la jurisprudencia de cada Estado miembro.
ACTIVIDADES DEL BCE
El
BCE contribuye a la integración financiera mediante cuatro tipos de
actividades:
1. Brinda
asesoramiento sobre el marco legislativo y regulador del sistema financiero y
sobre la adopción directa de disposiciones legales;
2. Actúa
como catalizador de la integración financiera: el BCE, conjuntamente con la
Comisión Europea, orienta y presta apoyo a los mercados en lo relativo a la
Zona Única de Pagos en Euros (SEPA) para pequeños pagos. El objetivo de la SEPA
es que los pequeños pagos electrónicos en euros entre los países europeos
puedan hacerse con la misma rapidez, coste y seguridad con que los pagos
nacionales se realizan actualmente. Para lograrlo, se están eliminando
obstáculos técnicos, legales y de mercado y se están introduciendo
instrumentos, prácticas y normas de pago comunes;
3. Promueve
el conocimiento, fomenta una mayor concienciación sobre la importancia de la
integración financiera en Europa, y realiza un seguimiento de ese proceso; el
BCE publica un informe anual sobre la integración financiera en Europa, basado
en un conjunto muy amplio de estadísticas; y
4. Presta
servicios de banca central que también promueven la integración financiera,
como TARGET2 y el futuro TARGET2-Securities.
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